Dentro de su ámbito de estimular el progreso económico y el comercio internacional, la OCDE publicó, el 21 de marzo, su quinto informe anual de revisión por pares, que tuvo como principal objetivo examinar cómo los países están lidiando con la evitar la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios (BEPS).
El informe, siguiendo la estructura de los cuatro anteriores, consta de ocho capítulos divididos de la siguiente manera:
- “Implementation of the minimum standard: Aggregate data and key figures” – Implementación del estándar mínimo: datos agregados y números clave;
- “Key role of the BEPS MLI” – Papel clave del Convenio multilateral para la aplicación de medidas fiscales en relación con BEPS;
- “Plans for the implementation of the minimum standard and support provided to jurisdictions” – Planes de aplicación de la norma mínima y apoyo prestado a las jurisdicciones;
- “Recommendations” – recomendaciones;
- “Difficulties in implementing the minimum standard” – Dificultades para aplicar la norma minima;
- “Conclusion and next steps” – Conclusiones y próximos pasos;
- “Background on the Action 6 minimum standard and peer review” – Antecedentes de la norma mínima para la Acción 6 y la revisión inter pares;
- “Jurisdictional sections” – Secciones jurisdiccionales.
Uno de los proyectos más destacados de la OCDE es la llamada “Acción 6 BEPS”, que hizo que los miembros de la OCDE/G20 se comprometieran a reforzar sus convenios fiscales mediante la aplicación de medidas contra las prácticas abusivas, especialmente en lo que respecta al “Treaty Shopping”.
En resumen, el treaty shopping es el intento de una persona física o jurídica de convertirse en residente fiscal en una jurisdicción con la única intención de acceder a la red de convenios para evitar la doble imposición de esa jurisdicción.
Con ello, el informe publicado se centra en la aplicación de la norma mínima de la Acción 6 relativa a la prevención del abuso de los tratados. Entre los países latinoamericanos que integran el llamado “Marco Inclusivo de la OCDE” se encuentran, por ejemplo, Brasil, Argentina, Chile y Uruguay.
A diferencia de los países mencionados, Brasil no ha firmado el MLI (Tratado Multilateral), pero el informe retrata que 4 de sus 36 acuerdos fiscales cumplen la norma mínima y que está en vías de aplicar las medidas en otros 28 de sus acuerdos.
En este sentido, las jurisdicciones han acordado incluir en sus convenios fiscales una declaración expresa de que su “intención común” es eliminar la doble imposición sin crear oportunidades para la no imposición o la reducción de impuestos mediante el fraude o la evasión fiscal.
Próximos Pasos
Se seguirá supervisando la aplicación de la norma mínima establecida en la acción 6 a través del informe anual, especialmente las medidas adoptadas para dar seguimiento a las recomendaciones formuladas, así como las medidas para cumplir los planes de aplicación.
Para el próximo año, habrá una actualización de las medidas adoptadas por cada jurisdicción que haya recibido una recomendación, así como una actualización del estado de cada plan de aplicación.
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Publicado el 15 de mayo de 2023